EN CÉNTRICO LOTE DE LA CIUDAD - GRAVE AMENAZA PARA LA COMUNIDAD
EMPLEADOS INTENTAN "TAPAR" LOS OLORES CON MATERIAL DESCONOCIDO.
Alarmada se encuentra la ciudadanía y en especial la comunidad de los barrios San José
y aledaños, por la forma descarada como empleados o contratistas del
supermercado INTER arrojaron desechos orgánicos subproducto de la limpieza
realizada a sus equipos para el manejo de las carnes, en un céntrico
lote de la ciudad, ubicado en la calle 37 entre carreras 22 y 23. Vecinos
de la zona afectada por los nauseabundos olores se han quejado repetidamente
ante la administración de dicho supermercado, obteniendo una única respuesta:
Que no es responsbilidad del supermercado el destino que el personal
contratado para realizar dicha limpieza, dé a los desperdicios mencionados.
¡Tamaño despropósito!
Presentamos el DERECHO DE PETICIÓN interpuesto por la comunidad y estaremos pendientes del
desarrollo de este acontecimiento.
Calarcá Quindío, 21 de Octubre de 2009
Señor: PERSONERO MUNICIPAL
Ciudad.-
ASUNTO. DERECHO
DE PETICIÓN
De conformidad con el artículo 23 de la Constitución Política
de Colombia, me permito comedidamente interponer el siguiente: DERECHO
DE PETICIÓN basado en los siguientes hechos:
1. El día lunes 19 del presente
mes, fueron vistos dos empleados del Supermercado INTER de esta localidad,
arrojando desechos cárnicos descompuestos en el lote ubicado en la calle
37 con carreras 23 y 22, lo cual ha generado polución o contaminación
de olores nauseaundos que atentan contra la salud de los habitantes de
este sector.
2. Mediante queja presentada ante la Secretaría de Salud del municipio
el día 20 de los corrientes, fueron ampliamente informados de los acontecimientos,
pero no se tomaron las medidas sanitarias pertinentes, por lo cual continuamos
afectados por la incomodidad presentada.
3. Habiéndose contactado al
administrador del supermercado INTER por medio de esta comunidad, se
le puso de presente el daño causado, solicitándole a la vez tomar los
correctivos del caso.
4. Que ninguno de los recursos interpuestos ha surtido
el efecto esperado ya que las partes comprometidas en la responsabilidad,
tanto de recuperar lo afectado como de imponer la autoridad, no han tomado
acciones de ninguna índole.
5. Que por medio de videos levantados en
el momento de las acciones, tenemos la evidencia para que se exijan las
responsabilidades a quien corresponda.
Por lo tanto elevamos el presente
DERECHO
DE PETICIÓN en el sentido de que la PERSONERÍA intervenga a nombre
de la comunidad para que se dé atención al daño causado a la comunidad,
mediante las acciones inmediatas que deban ser tomadas por los responsables.
De
paso queremos saber: ¿para qué existe la división de saneamiento ambiental
en la secretaria de salud? Para efectos de correspondencia y notificaciones,
la dirección de los peticionarios es calle 37 No. 22-13 Teléfono 7423308
celular 314 8610829. En constancia de lo anterior firmamos a continuación en calidad de miembros
de la comunidad del barrio San José, afectados por el hecho denunciado.
Siguen las firmas. |